La nueva decisión del Supremo respecto de la imputabilidad de AJD en préstamos hipotecarios, sentencia del 16 de octubre, contradice la tomada en marzo pasado que, a su vez, contradecía la de 2015.
Gran inseguridad jurídica para todos los operadores. Finalmente solo se beneficiarán los prestatarios de los últimos cuatro ejercicios.
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